Por: Ab. Marco Romero
Para irnos adentrando al tema, a especie de introducción, debo señalar
que la participación ciudadana es un eje transversal de la Constitución
ecuatoriana, esto implica que los actores sociales tienen un rol protagónico en
los diferentes niveles de gobierno, a través de su participación activa en la
toma de decisiones.
El art. 95 de la
Constitución de la República enfatiza la importancia del derecho a participar
en asuntos de interés público al señalar que los ciudadanos “participarán de
manera protagónica en la toma de decisiones”, lo que guarda congruencia con la
jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que ha
establecido que los Estados tienen “la obligación de garantizar medidas
positivas, a través de las cuales toda persona que formalmente sea titular de
derechos políticos tenga la oportunidad real para ejercerlos”.
Art. 106. CRE en su parte pertinente dice “el
pronunciamiento popular será de obligatorio e inmediato cumplimiento.”
El Art. 71 de la
Constitución, establece los derechos de la naturaleza, o Pacha Mama, “para que
se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus
ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos”.
De ahí que la defensa
de la naturaleza no solo es interés de una comunidad, sino de toda la nación,
entonces, es través de la consulta
popular como mecanismo de democracia directa, en donde se decide finalmente la
cuestión planteada, en este caso dejar de explotar los pozos petroleros del
ITT, esto en virtud que el soberano, es el pueblo.
El domingo 20 de agosto
del 2023, la mayoría de la población ecuatoriana con casi el 59% votó a favor
de que se mantenga en el subsuelo el petróleo existente en el bloque 43,
también llamado ITT que conforma los campos Ishpingo, Tambococha y Tiputini que
se encuentran dentro del Parque Nacional Yasuní en la Amazonía ecuatoriana, una
de las zonas con mayor biodiversidad del planeta y que junto al Territorio
Ancestral Huaorani fue declarado por la UNESCO reserva de la biosfera en el año
de 1989.
Con este victorioso
triunfo nuestra gente les demostró a quienes solo piensan en llenarse los
bolsillos de dinero, el pueblo ecuatoriano dijo sí a la vida, a la naturaleza y al hogar de los tagaeri y
los taromenani, últimos pueblos en aislamiento voluntario.
Ahora bien, los
defensores de las transnacionales petroleras que ven perder sus abundantes
ganancias, han empezado a manifestar que no tienen por qué cumplir con el
mandato del pueblo, tratando de deslegitimar el pronunciamiento popular,
señalando que no se tenía que consultar a la población nacional, sino que
solamente tenía que hacerse a los habitantes de la provincia de Orellana que
eran quienes debían pronunciarse sobre la explotación de los campos Ishpingo,
Tambococha y Tiputini; para defender esta estupidez (digo esto porque quieren
desconocer el mandato del soberano), esgrimen lo que señala el art. 57 numeral
7 de la Constitución, que habla sobre la consulta previa, libre e informada,
sobre planes y programas de prospección, explotación y comercialización de
recursos no renovables que se encuentren en sus tierras. Esto debieron hacer antes de ingresar a
explotar el yasuní, por eso se llama consulta previa y es obligatoria y
oportuna, pero ahí no observaron nada a pesar que irrespetaron flagrantemente la
constitución y la Ley; para explotar tambien irrespetaron el Art. 398 de la
Constitución que dice que toda decisión o autorización estatal que pueda
afectar al ambiente deberá ser consultada a la comunidad, a la cual se
informará amplia y oportunamente, no lo hicieron en su momento, por ello me
parece inaudito, hasta cantinflesco que ahora
digan que hay que respetar la ley y que solo se debía consultar en la
provincia de Orellana, hecho que también es incorrecto ya que la ley es clara
en señalar que la consulta previa se hace a comunas, comunidades, pueblos y
nacionalidades indígenas y no a toda la población provincial;. Debemos estar
claros que precisamente ante este irrespeto a la norma suprema, ya que no se
puede hacer una consulta previa sobre algo que ya esta en ejecución, ante la
exigencia popular se consultó al pueblo para detener la masacre que se está
produciendo en la natutraleza de nuestra amazonía, que además no afecta solo a
la comunidad cercana sino al Ecuador en general y por que no decirlo a la Humanidad.
Cabe recordar que
llegar a la aprobación de la consulta popular no fue fácil, es el resultado
de una lucha constante de peleas legales
y protesta social, por más de 10 años desplegada por el colectivo ambientalista
Yasunidos, para que la Corte Constitucional apruebe que los ecuatorianos
decidan el tema mediante consulta popular que nacío de la iniciativa ciudadana,
obligándolos a aplicar el art. 104 de la Cosntitución; ya en el año 2014 las
transnacionales petroleras a través del Consejo Electoral aupado por el
gobierno neoliberal de ese entonces, anuló 400.000 mil firmas para para
boicotear la consulta; a pesar del camino difícil los defensores de la
naturaleza seguimos siempre firmes
batallando en defensa de la conservación de esa zona amazónica de enorme
biodiversidad animal, vegetal y de pueblos no contactados.
Hay que entender que el
haber obtenido un SI rotundo en la consulta popular para dejar el crudo del ITT
bajo tierra, es el inicio de la transición hacia un modelo sustentable que
permita tener agua para beber, alimentos para comer ya que estos productos
vienen de la tierra y conservar la tierra, la biodiversidad, pesa mucho más que
el dinero. La reserva del Yasuní es clave para el clima y la conservación, ya
que es un sistema que produce mucho vapor de agua, “la mitad se transforma en
lluvia y cae ahí mismo, mientras que el otro 50% es llevado a la cordillera de
los Andes, cae en las montañas, lagunas y humedales y finalmente es utilizada
en las grandes ciudades”, mantener la extracción petrolífera o deforestación,
alteraría este proceso. Por eso el pueblo ecuatoriano le dijo SÍ AL YASUNÍ.
Retomando el análisis
jurídico respecto a incumplir con el mandato popular, tras la proclamación
oficial de los resultados, no pueden, ya que el art. 106 inciso tercero de la
Constitución claramente señala: El pronunciamiento popular será de obligatorio
e inmediato cumplimiento. Lo que pasa es
que los grupos capitalistas extractivistas, asustados como se encuentran por la
respuesta del pueblo ecuatoriano en las urnas, que ordena detener las
operaciones y, que la estatal Petroecuador tendrá un año para desmantelar sus
instalaciones y abandonar esa zona del Yasuní, han empezado a lanzar palos de
ciego, y a voz en cuello con voces grandilocuentes de sus secuaces dicen
encubiertamente que no hay que acatar el resultado de la consulta popular,
sosteniendo el argumento de la supuesta pérdida económica en la que incurriría
el Estado al dejar de explotar el bloque ITT.
Este discurso lo maneja
el gobierno neoliberal de Lasso, tratando de crear temor en la ciudadania, y
anuncia el colapso de la economía dicendo “O se reducen gastos o se eliminan
algunos subsidios que vengan a compensar estos ingresos que se pierden por la
consulta del Yasuní”, señalando que el fisco puede dejar de recibir unos $1.200
millones de dólares al año en ingresos.
Este hecho es falso, existen algunas alternativas que les da pánico
adoptarlas porque perderían sus descomunales ganancias, una de ellas sería la
eliminación de las exoneraciones tributarias que el Estado concede a los grupos
más ricos del país. Según información del Servicio de Rentas Internas (SRI), en
el 2021 Ecuador dejó de percibir $6.338 millones de dólares por esta causa,
esto quiere decir que solo en un año es un 30% más de lo que recibiría por
explotar el ITT durante 33 años.
El Ecuador no se va a arruinar si se deja de explotar el ITT, el rubro por esto no llega ni al 0.47% del presupuesto anual del Estado, son los empresarios, banqueros, capitalistas, los que se enriquecen con la extracción del crudo, no el país.
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