Afuera del domicilio del tío del vicepresidente Jorge Glas, Ricardo Rivera, ayer permanecieron ambulancias y patrulleros por una asistencia médica. Ronny Zambrano |
Concluida ayer la
instrucción por supuesta asociación ilícita en el caso Odebrecht, “el fiscal
solicitará al juzgador señale día y hora para la audiencia de evaluación y
preparatoria de juicio, la que será convocada en un plazo no mayor a cinco días
y se efectuará en un plazo no mayor a quince días”. Estos tiempos los establece
el artículo 600 del vigente Código Integral Penal y que empiezan a correr desde
hoy, una vez terminados los 120 días de instrucción fiscal de ese caso que
abarca a 18 personas, entre ellas, el ex contralor general Carlos Pólit, el
vicepresidente sin funciones Jorge Glas y su tío Ricardo Rivera.
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también: Diana Salazar, la fiscal que relacionó a Jorge Glas en el caso
Odebrecht
Para
Hernán Ulloa, abogado de Pólit, los cinco días de plazo que tiene el fiscal
general Carlos Baca para pedir al juez Miguel Jurado que fije una audiencia y
los 15 días que tiene Jurado para convocar a la audiencia preparatoria de
juicio no son suficientes si se toma en cuenta la importancia del caso y el volumen
del expediente. Son más de 350 cuerpos (35 mil páginas) hasta el viernes
pasado.
Ulloa
cree que la convocatoria a audiencia no debería darse en menos de 30 días, si
no sería perjudicial para hacer una verdadera evaluación. Según él, la misma
ley establece, en el Código de Procesos, que hay temas que deben analizar los
operadores judiciales y hay una consideración especial.
“No
se trata de la velocidad, sino de que la decisión del fiscal sea apegada a las
piezas procesales. El fiscal requiere de un tiempo mayor para hacer una
evaluación para considerar si existió el delito de asociación ilícita y quiénes
pueden ser los autores y cómplices”, refirió.
Eduardo
Franco, defensa de Glas, es partidario de que se cumplan los tiempos que la ley
define, pues eso para él es respetar el debido proceso. Pese a que es rígido en
cuanto a la aplicación de esta norma, prefiere no adelantar un criterio
respecto a que si el incumplimiento del artículo 600 generaría un vicio de
nulidad en el proceso.
El
pedido fiscal al juez para que defina fecha de la audiencia de procedimiento
abreviado a favor de Kepler V., Gustavo M. y José T., que admitieron hechos que
se les atribuye, también debe ser tomado en cuenta en los tiempos procesales
que se vienen, según Víctor Velástegui, abogado de Ramiro C., exgerente de
Transporte de Petroecuador. Estima que el llamado a audiencia “se dará en 15
días. El juez y el fiscal (deberían) ser cautelosos y tomarse su tiempo,
estamos hablando de un proceso judicial voluminoso”. (I) FUENTE: DIARIO EL
UNIVERSO.
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