Juristas indígenas reivindican la
aplicación de costumbres para sancionar infracciones. En la Corte
Constitucional hay un pedido de interpretación
Jaime Olivo, miembro de la parroquia
Zumbahua y exfiscal de Asuntos Indígenas, recuerda con cariño a su hermano
asesinado en mayo de 2010 en la comunidad de la Cocha, en Cotopaxi. Su hermano
Marco, el último de siete, apareció colgado con su cinturón en un poste de la
plaza central.
Los
cinco sospechosos de la muerte fueron ubicados y llevados ante la justicia
indígena. Fue uno de los casos más graves registrados en la Cocha. Recibieron
castigos físicos mientras se hacían las averiguaciones. Para el Estado no fue
justicia, sino maltrato y tortura.
El
caso (que pasó a la justicia ordinaria y luego a la Corte Constitucional) abrió
el debate sobre la aplicación de la justicia indígena. Un debate que aún no
tiene solución.
La
Corte todavía tiene que resolver una acción de interpretación constitucional al
artículo 171, presentada en 2010 por el presidente Rafael Correa. El martes 22
se había programado una audiencia para que el mandatario sustente su pedido. Él
quiere que se precise la aplicación y alcances de la justicia indígena con
respecto a la ordinaria. La diligencia se suspendió y mantiene alerta a los
indígenas. Aún no hay nueva convocatoria.
Raúl
Ilaquiche, experto en justicia indígena y derecho constitucional, insiste en
que la Corte no tiene nada que resolver porque su propia sentencia sobre el
caso de la Cocha reconoció las competencias y jurisdicción de la justicia
indígena.
¿Qué
es la justicia indígena? Ilaquiche dice que son los procedimientos y
autoridades de cada comunidad, nacionalidad y pueblo indígena. Está basada en
las costumbres, los derechos consuetudinario y propio. Es una vía para
solucionar conflictos internos. Oficialmente, está reconocida en la
Constitución. La sentencia de la Corte hizo una previsión: excluyó la
aplicación a conflictos que atenten contra la vida.
¿Cuántas
clases de justicia indígena hay? Depende de los pueblos y nacionalidades, dice
Ilaquiche. En la Sierra, los 16 pueblos reconocidos son quichuas y con su
propia autoridad. En la Costa y Amazonía existen, al menos, 12 nacionalidades y
cada una tiene su procedimiento.
Para
ellos, sus autoridades son quienes conducen a la comunidad o al pueblo. El
presidente, vicepresidente, secretario o tesorero integran el consejo de
gobierno. Pero ellos no resuelven los casos que van a su conocimiento, sino que
guían las investigaciones. Es la asamblea, integrada por miembros de la
comunidad, cientos o miles, la que adopta la decisión final. Las autoridades
recogen las intervenciones. Y deben asegurarse de que se cumplan todos los
“pasos”.
Son
cinco: Willakina, Tapuna, Chimbapurana, Pactachina y Quishpichina (ver
gráfico).
Hay
casos que se resuelven en pocas horas, en un día, varios días, una semana y
hasta un mes, si la persona escapó. Para su ubicación las autoridades cuentan
con comisiones de búsqueda.
La
solución, explican los expertos, no se toma por sugerencia de unos pocos. Se
debate, se fundamenta y adopta una resolución conjunta. Las partes se
defienden, intervienen los sospechosos, sus familiares, compadres, hijos,
hermanos, ejercen el derecho al debido proceso. Al menos, eso dicen los
defensores de la justicia indígena.
Ellos
aseguran que el fin de este procedimiento es restablecer la armonía en la
comunidad. No busca privar de la libertad. Ilaquiche explica que, según la
cosmovisión indígena, si la persona comete un delito está enferma y debe ser
curada.
La
crítica, sin embargo, suele estar asociada a los castigos físicos. ¿Cuáles son?
Baños en agua helada, golpes con ortigas en el cuerpo, azotes con el fuete,
cargar quintales de piedras o tierra por cuatro o cinco horas. Todo mientras el
sospechoso está desnudo y camina en el centro de la plaza pública de la
comunidad.
El exfiscal Fernando
Lara cree que el punto está en establecer con claridad el límite entre la
justicia ordinaria y la indígena. FUENTE: DIARIO EL EXPRESO.
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