“PLAN DE PROSPERIDAD”, PRECARIEDAD LABORAL Y EL FMI. Por Eduardo Ruilova Quezada* - INFORMATE PUEBLO

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lunes, 27 de mayo de 2019

“PLAN DE PROSPERIDAD”, PRECARIEDAD LABORAL Y EL FMI. Por Eduardo Ruilova Quezada*

Sarcástico nombre “Plan de prosperidad” que el gobierno ecuatoriano y los ministros empresarios custodios y beneficiarios de sus intereses en estratégicos ministerios: Pablo Campana, yerno de la señora Isabel Noboa (grupo Nobis) en Comercio Exterior; Richard Martínez, ex presidente de la Cámara de Industrias del Ecuador,  en Economía y Finanzas; Raúl Ledesma Ex ministro de Trabajo (hijo del presidente de la Asociación de exportadores de Banano del Ecuador); y Carlos Pérez ex gerente de la petrolera Halliburton para América Latina, en Energía y Recursos Naturales no Renovables; han puesto su visión privada-empresarial en la redacción de la Carta de Intención para que el Fondo Monetario Internacional (FMI) conceda un crédito de $4.200 millones, de un total de 10.200 millones de dólares.

Tengamos presente, que el Ecuador nunca abandonó el FMI, expulsó a los representantes del Banco Mundial (BM) y del Fondo Monetario Internacional (FMI), pero jamás salió de dichos organismos de crédito, continuaba con sus insultos, pero mantenía el envío a dicha dependencias financieras los informes económicos.

Luego del terremoto en las provincias de Manabí y Esmeraldas, con la finalidad de obtener un crédito del FMI, el gobierno de Rafael Correa aumentó la cuota de los Derechos Especiales de Giro (DEG) de 347 a 698 millones de DEG, que en dólares representan aproximadamente 1.000 millones de dólares, de los cuales pudo obtener hasta 750 millones de créditos; pero, solamente alcanzo un préstamo de 364 millones de dólares a través del denominado Instrumento de Financiación Rápida (RFI por sus siglas en inglés).

Es una constante de los organismos multilaterales de crédito, de la burguesía comercial-financiera empresarial del Ecuador, hacer que la crisis creada por ellos, la pague la clase media y los sectores pobres. Jamás paga el sistema financiero, al contrario se beneficia; no reconocen que las crisis son creadas por ellos y la responsabilizan al Estado, pese al perdón (remisión) de 6.000 millones de dólares por intereses y multas al SRI; de la evasión constante del pago de impuestos por más de 2.500 millones de dólares del IVA, ICE y otros impuestos que cancelamos los consumidores y no los transfieren al Estado.

La responsabilidad directa de la evasión tributaria la tiene el Servicios de Rentas Internas (SRI) porque no hace el seguimiento adecuado ni les exigen el cumplimiento de sus obligaciones a los grupos económicos y financieros del país, que astutamente vienen jugando a dos bandas con los intereses de los ecuatorianos; de una parte, evaden impuestos y sacan sus dineros a paraísos fiscales; de otra parte, a pesar de sus inmensas utilidades apenas pagan el sueldo básico y no aseguran a sus trabajadores, tampoco los indemnizan; porque no quieren y se niegan a crear fuentes de trabajo para jóvenes, mujeres y personas con discapacidad, argumentando crisis económica.

Estos señores se quejan permanentemente de la mala administración del Estado, pese a que son ellos quienes lo administran directamente o a través de sus empleados, son los que más se benefician en lo jurídico, político y económica, permitiéndoles que obtengan ganancias desmesuradas a costa del sacrificio de los ecuatorianos.

El sistema financiero a lo largo de esta noche neoliberal, es la que más se ha enriquecido, el año 2018 alcanzaron utilidades de 554 millones de dólares sin contar con los $250 millones por el cobro de servicios; las 1000 empresas más grandes del país, en el año 2016 vendieron $68.800 millones y en el 2017 vendieron 74.219 millones de dólares y sus 25 principales empresas obtuvieron como utilidades 2.613 millones de dólares.

En el “Plan de Prosperidad” constan los pormenores de la “Carta de Intención” presentada al FMI, en el que plantean la reducción de déficit fiscal, la privatización o concesión de las empresas públicas a través de la Alianza Público-Privada, el incremento de tarifas de servicio público, la eliminación del impuesto a la salida de divisas, la reducción del Estado, la flexibilización laboral, el trabajo por horas, entre otras cosas; medidas adoptadas para la permanencia de la dolarización. Además, entrega toda la administración económica a la empresa privada, porque para Lenín Moreno Garcés, “La dolarización necesita del impulso a la agroexportación, el turismo, la atracción a la inversión extranjera y sobre todo, de la minería a gran escala y el incremento de la producción petrolera. Estos sectores son pilares esenciales  para sostener el flujo de dólares a la economía y reducir el riesgo de liquidez al que está expuesto el Ecuador”.

Para reducir el déficit fiscal, Christoph B. Rosemberg, director adjunto en el Departamento de Comunicación del FMI, en su “Revista F&D Finanzas y Desarrollo”, de marzo de 2018, volumen 55, Número 1, se pregunta “¿Cuál es la mejor forma de reducir los déficits?” y responde: “Aumentar los ingresos, simplificar el código tributario, ampliar la base impositiva y mejorar la capacidad de recaudación; y en cuanto al gasto: recortar gastos improductivos (por ejemplo, de sistemas públicos ineficientes) y subsidios (por ejemplo, al consumo de energía). Las inversiones en infraestructuras beneficiosas al crecimiento y los servicios sociales esenciales como la salud y la educación deben mantenerse. Una política fiscal bien diseñada puede ayudar a combatir la desigualdad y estimular el crecimiento”.

El gobierno en feliz coincidencia con el FMI, ratificada en la mencionada publicación,  plantea eliminar los subsidios a los combustibles y elevar su precio, especialmente al diesel para el sector industrial; nivelar el salario público con el privado a los nuevos funcionarios; reducir la inversión pública para provocar quiebras en sus empresas y facilitar la privatización o concesión a bajo precio; privatizar o concesionar el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) a través de la figura jurídica de la “optimización del sector público no financiero”, incrementar la edad para la jubilación, cobrar la atención médica para menores de 18 años y en los aportes al décimo  tercero y cuarto sueldo, para evitar la quiebra del IESS; quiebra no provocada por sus aportantes sino por los gobiernos de Correa-Moreno y Moreno-Glas que han hecho de la institución su caja chica.

Recordemos que el déficit fiscal se origina por: la caída de los precios del petróleo; la disminución en el cobro del IVA, IR, ICE; por la remisión (no cobro) de las deudas a los grandes grupos económicos por al más de $6.000 millones, mediante la “Ley Orgánica de Remisión de Intereses, Multas y Recargos” del 5 de mayo de 2015 y “Ley Orgánica para el Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, Generación de Empleo, Estabilidad y Equilibrio Fiscal” del 21 de agosto del 2018; “perdón” que es la mitad del préstamo que otorgan los organismos multilaterales de crédito y que hoy el gobierno de Lenín Moreno quiere que lo paguen los estratos medios y pobres del país; continuando con la beneficencia a los ricos y exportadores, eliminando paulatinamente el gobierno el pago el impuesto a la Salida de Divisas (ISD) que oscila alrededor de 2.000 millones de dólares anuales, generando la fuga de capitales a los paraísos fiscales.

Según palabras del ex director del SRI, Leonardo Orlando, en una entrevista publicada por Diario “El Telégrafo” el 14 de junio del 2016: “Los 200 grupos económicos más grandes del país (…) sacaron $ 47.966 millones hacia territorios que no son paraísos fiscales y $ 2.009 millones hacia paraísos fiscales. En ese mismo lapso, los grupos económicos ecuatorianos ingresaron $ 35.005 millones desde territorios que no son paraísos fiscales y $597 millones desde paraísos fiscales. Cuando se consolidan todos los ingresos y salidas de dinero efectuados por los grupos económicos, se puede apreciar que Ecuador remitió inversiones hacia el mundo por $ 49.975 millones, pero solo recuperó capitales por $ 35.602 millones. Este comportamiento de los grandes agentes económicos contribuyó a un saldo deficitario acumulado en la balanza de pagos ecuatoriana por $ 14.373 millones, es decir, por un monto equivalente al 14% del Producto Interno Bruto (PBI) medido a precios corrientes. Por otra parte, en los 200 conglomerados empresariales existentes en el país se observó que 81 grupos tienen 379 integrantes domiciliados en paraísos fiscales”.

Haciendo gala de su fuerza y poder político los grupos económicos del Ecuador, en una actitud burlesca y prepotente hacia el resto de ecuatorianos hicieron constar en la mencionada ley en el artículo 1.- Remisión de interés, multas y recargos. Se dispone la remisión del 100% de intereses, multas y recargos derivados del saldo de las obligaciones tributarias o fiscales internas cuya administración y/o recaudación le corresponde únicamente al Servicio de Rentas Internas conforme los términos y condiciones establecidos en la presente Ley y las resoluciones que para el efecto emita el Servicio de Rentas Internas (…)” .

No contentos con ello, el gobierno de Correa-Moreno y Correa-Glas, en clara actitud servil a los grandes empresarios les permitió pagar a plazos a los morosos con el Estado, el “artículo 5.- Facilidades de pago del capital de hasta dos años.- La solicitud de facilidades de pago que podrán solicitar los contribuyentes detallados en el literal b) del artículo 2 al Servicio de Rentas Internas, se realizará mediante el pago de dividendos iguales en cuotas mensuales del saldo del capital, por el plazo máximo de dos años contados a partir de la vigencia de la presente Ley, de común acuerdo entre las partes. No será necesario realizar el pago de la cuota inicial del 20% de la obligación, establecida entre las reglas generales para la obtención de facilidades de pago del Código Tributario (…)”.

Los subsidios a los combustibles, más de 3.000 millones de dólares, de los que se benefician los grandes empresarios y de ninguna manera los sectores pobres de la población, que según palabras del propio ex presidente Rafael Correa, “el subsidio está beneficiando al rico que tiene un vehículo todoterreno de 8 cilindros: Hay cálculos que para el que tiene un vehículo de este tipo, el subsidio de la gasolina es de 1000 dólares por año y para el ciudadano pobre que no tiene carro el subsidio es de 60 dólares por año”; se incrementaran tarifas y cobros en energía eléctrica, agua potable, teléfonos, sin descartar que se cobre por atención médica en hospitales públicos de acuerdo al nivel de ingresos.

La disminución o reducción del aparato estatal, lo ejecutaran aplicando la Ley de Modernización del Estado: Artículo 41.- Delegación.- “El Estado podrá delegar a empresas mixtas o privadas la prestación de los servicios públicos de agua potable, riego, saneamiento, fuerza eléctrica, telecomunicaciones, vialidad, facilidades portuarias, aeroportuarias y ferroviarias, servicio postal u otras de naturaleza similar. La participación de las empresas mixtas o privadas se hará mediante concesión, asociación, capitalización, traspaso de la propiedad accionaria o cualquier otra forma contractual o administrativa de acuerdo con la ley”. (…) La exploración y explotación de los recursos naturales no renovables cuya propiedad inalienable e imprescriptible pertenece al Estado, podrá hacerse a través de empresas públicas, mixtas o privadas.

A través de despidos masivos, finalizando contratos en el sector público, reduciendo la jornada de trabajo de 5 a 3 días, implementando el trabajo por cuenta propia, el trabajo a tiempo parcial; eliminaran la jornada de trabajo de 35 horas semanales e impondrán las 40 horas, sin reconocer el pago de horas extras, peor las extraordinarias; contratos a plazo fijo a jóvenes de hasta 26 años; ampliación de 3 a 6 meses los períodos de prueba en empresas o compañías; contratos por horas, con por los menos 2 años de duración; eliminar el pago de indemnizaciones por renuncia voluntaria del trabajador; implementaran el trabajo de jornada especial (de 4 a 6 horas diarias), para que las madres se dedique al cuidado de niños o personas de la tercera edad o con discapacidad.

La mima publicación en su página 6, da una especie de alerta para América Latina, en lo referente a la tecnologización del trabajo, a su necesaria superación en el nivel educativo, preparándose en el manejo informático para alcanzar mejores oportunidades laborales: “…está el riesgo de que la automatización aumente la división de los mercados laborales a favor de los trabajadores con mayor nivel de educación. La Oficina de Estadísticas Laborales de Estados Unidos prevé que, entre 2014 y 2024, por cada empleo bien remunerado en informática habrá seis nuevos empleos con sueldos bajos para cuidado de personas y asistencia médica en el hogar”.

De la mano de la tecnologización laboral, va la denominada flexiseguridad, aplicada en Europa desde 1995, que beneficia a los sectores empresariales encubriendo nuevas formas de explotación laboral. Liliana Durán Aguilar, asambleísta de Alianza País y presidenta de la Comisión de los Trabajadores y la Seguridad, el 16 de junio del año 2017, hizo pública su oposición a las reformas laborales a implementarse: “Bajo el discurso de la “flexiseguridad” se han implementado políticas precarizadoras en países como España, Italia, Grecia o la propia Francia.

Los distintos gobiernos, impulsados por la Comisión Europea, han reducido los derechos laborales con medidas como el impulso de nuevos contratos temporales sin causa, la rebaja de la indemnización por despido intempestivo, la ampliación de los poderes del empresario para modificar los salarios y otras condiciones de trabajo, la reducción de los derechos de los sindicatos, la desestructuración de la negociación colectiva. En palabras de muchos académicos, estas reformas han supuesto la devaluación vital de la clase trabajadora del Sur de Europa y el golpe más duro a las organizaciones de trabajadores europeos.

La flexiseguridad deprecia el trabajo, abarata mano de obra, causa más pobreza en la familia del trabajador manual o intelectual, el dueño de la empresa o fábrica gana más; la flexiseguridad no puede ser aplicada en Ecuador, por su precario desarrollo tecnológico e industrial, porque el empresario está preocupado en como evadir impuestos, en no pagar al IESS, en no mejorar los sueldos o salarios a sus empleados, en no liquidarlos de acuerdo a la ley cuando son despedidos, en incrementar a como dé lugar la jornada de trabajo, en una palabra explotarlos más. Quitarles derechos a los trabajadores, es violentar la Constitución Política del Ecuador, en sus artículos:

Artículo 33.- El trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía. El Estado garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado.

Artículo 34.- EI derecho a la seguridad social es un derecho irrenunciable de todas las personas, y será deber y responsabilidad primordial del Estado. La seguridad social se regirá por los principios de solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiaridad, suficiencia, transparencia y participación, para la atención de las necesidades individuales y colectivas. El Estado garantizará y hará efectivo el ejercicio pleno del derecho a la seguridad social, que incluye a las personas que realizan trabajo no remunerado en los hogares, actividades para el auto sustento en el campo, toda forma de trabajo autónomo y a quienes se encuentran en situación de desempleo.

Art. 326.- El derecho al trabajo se sustenta en los siguientes principios: 1. El Estado impulsará el pleno empleo y la eliminación del subempleo y del desempleo. 2. Los derechos laborales son irrenunciables e intangibles. Será nula toda estipulación en contrario.

Artículo 327.- “La relación laboral entre personas trabajadoras y empleadoras será bilateral y directa. Se prohíbe toda forma de precarización, como la intermediación laboral y la tercerización en las actividades propias y habituales de la empresa o persona empleadora, la contratación laboral por horas, o cualquiera otra que afecte los derechos de las personas trabajadoras en forma individual o colectiva. El incumplimiento de obligaciones, el fraude, la simulación, y el enriquecimiento injusto en materia laboral se penalizarán y sancionarán de acuerdo con la ley”. La flexiseguridad no es nuestra opción jurídica-política. Esperamos que esta oposición a las reformas laborales a implementarse por parte de la Asamblea Nacional por imposición del FMI la mantenga”.

El Ministro del Trabajo encargado, abogado Andrés Madero Poveda, mediante comunicado oficial dispuso la salida de casi 3000 trabajadores del sector público; pero terminó desvinculándolos a 11.820 trabajadores, desde diciembre del 2018 hasta febrero del 2019; además, la Empresa Coordinadora de Empresas Públicas (EMCO-EP) ha planificado hasta finales del 2019 despedir (ahora llaman optimizar) al 10% del personal que labora en las 21 empresas públicas. Según el INEC en marzo del 2018, habían 3’356.562 de personas laborando; en marzo del 2019, las personas que tenían pleno empleo en el sector urbano era de 3’094.795, perdiéndose 261.767 puestos de trabajo entre públicos y privados.

La reforma tributaria, la Carta de Intención describe que se ampliara la base imponible del Impuesto a la Renta (IR), es decir, quienes percibían ingresos de hasta $11.270 al año (940 dólares mensuales) pagaban Impuesto a la Renta (IR), con la nueva reforma bajaran (posiblemente) a 10.000 dólares anuales para el cobro del IR, que mensualmente representa 835 dólares; aumentaran el cobro Impuesto al Valor Agregado (IVA), a los Consumos Especiales (ICE), impuestos que se caracterizan por su regresividad porque si aumentan el porcentaje de cobro la gente compra menos; pagaran más impuestos los que menos dinero poseen, en lugar de privilegiar el pago de impuestos de manera progresiva a los que más tienen, a los que más ganan.

Las mencionadas reformas va de la mano con la Ley Orgánica de Fomento Productivo, Atracción de Inversiones y Generación de Empleo que favorece en casi su totalidad a los empresarios privados nacionales y extranjeros, que a pretexto a atraer inversiones no cobran impuestos por u determinado número de años, para demostrar aquello citaremos algunos numerales de la mencionada ley:

Incentivos específicos para la atracción de inversiones privadas:

Artículo 26.- Exoneración del impuesto a la renta para las nuevas inversiones productivas en sectores priorizados.- Las nuevas inversiones productivas, conforme las definiciones establecidas en los literales a) y b) del artículo 13 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, que inicien a partir de la vigencia de la presente Ley, en los sectores priorizados establecidos en el artículo 9.1 de la Ley de Régimen Tributario Interno, tendrán derecho a la exoneración del impuesto a la renta, y su anticipo, por 12 años, contados desde el primer año en el que se generen ingresos atribuibles directa y únicamente a la nueva inversión, y que se encuentren fuera de las jurisdicciones urbanas de los cantones de Quito y Guayaquil.

Las inversiones realizadas en estos sectores en las áreas urbanas de Quito y Guayaquil podrán acogerse a la misma exoneración por 8 años. Para sociedades nuevas, así como para aquellas ya existentes, esta exoneración aplicará solo en sociedades que generen empleo neto, para lo cual el Reglamento a esta Ley establecerá las condiciones y procedimientos para la aplicación y verificación de este requisito, en atención al tamaño de las sociedades que quieran acceder al mismo. Las nuevas inversiones productivas que se ejecuten en los sectores priorizados industrial, agroindustrial y agroasociativo, dentro de los cantones de frontera, gozarán de la exoneración prevista en este artículo por 15 años.

 Artículo 27.- Exoneración del ISD para las nuevas inversiones productivas que suscriban contratos de inversión.- Las nuevas inversiones productivas que suscriban contratos de inversión, tendrán derecho a la exoneración del Impuesto a la Salida de Divisas en los pagos realizados al exterior por concepto de:

Importaciones de bienes de capital y materias primas necesarias para el desarrollo del proyecto, hasta por los montos y plazos establecidos en el referido contrato. Dichos montos serán reajustables en los casos en que hubiere un incremento en la inversión planificada, proporcionalmente a estos incrementos y previa autorización de la autoridad nacional en materia de inversiones.

Dividendos distribuidos por sociedades nacionales o extranjeras domiciliadas en el Ecuador, después del pago del impuesto a la renta, cuando corresponda, a favor de beneficiarios efectivos que sean personas naturales domiciliadas o residentes en el Ecuador o en el exterior, accionistas de la sociedad que los distribuye, hasta el plazo establecido en el referido contrato de inversión, siempre y cuando los recursos de la inversión provengan del extranjero y el inversionista demuestre el ingreso de las divisas al país.
Artículo 28.- Las sociedades que reinviertan en el país desde al menos el 50% de las utilidades, en nuevos activos productivos, estarán exoneradas del pago del Impuesto a la Salida de Divisas por pagos al exterior, por concepto de distribución de dividendos a beneficiarios efectivos residentes en el Ecuador, del correspondiente ejercicio fiscal. Asimismo, los dividendos distribuidos por los contribuyentes referidos en el inciso anterior, se considerarán como ingreso exento del Impuesto a la Renta para el beneficiario efectivo de dichos dividendos, siempre que se cumpla con el deber de informar de la composición societaria, de conformidad con la Ley. (…)

Artículo 29.- Exoneración del impuesto a la renta para inversiones en industrias básicas.- Las nuevas inversiones productivas que se inicien a partir de la vigencia de la presente ley en los sectores económicos determinados como industrias básicas, de conformidad con la definición del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, tendrán derecho a la exoneración del impuesto a la renta y su anticipo por 15 años. El plazo de exoneración será contado desde el primer año en el que se generen ingresos atribuibles directa y únicamente a la nueva inversión. Los plazos de exoneración se ampliarán por 5 años más, en el caso de que dichas inversiones se realicen en cantones fronterizos del país. (…)”

La carta de intención es la patente de corso que les brinda el Estado ecuatoriano a empresarios nacionales y extranjeros para que continúen acumulando fortunas, porque los costos de producción, aumento de impuestos, los trasladan al consumidor final, es decir, a los estratos medios y al pueblo pobre   del país.

* Estudió Sociología en la Universidad de Cuenca; realizó un curso de Educación Política en la Escuela “Julio Antonio Mella” de la Habana Cuba, ha participado en seminarios nacionales e internacionales. Sus publicaciones son: “Imperialismo, Deuda Externa y Militarismo en América Latina”; “Apuntes Sobre Democracia y Globalización”; “Gutiérrez: Edecán del Imperio”; “Entre el Consenso de Buenos Aires y el Socialismo del siglo XXI”; “La Derecha Disfrazada”; “Falsa Revolución” y “El Maridaje del Correismo con los Grupos Económicos del Ecuador”.

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