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martes, 2 de enero de 2018

A GLAS SE LE ACABAN LOS PLAZOS PARA SEGUIR DE VICEPRESIDENTE

Procedimiento. La terna de Moreno depende directamente
 de la cesación de Jorge Glas (foto).
La ausencia temporal cambia a definitiva de acuerdo con la Constitución, pero hay dudas sobre su cesación en el cargo.

“El 2 de enero será la fecha ‘fatal’ para (Jorge) Glas. Todos los caminos conducen a que el Vicepresidente dejará de serlo (…) yo creo que su destino está ya marcado”, afirmó la asambleísta Mae Montaño (CREO), al referirse a la situación del segundo mandatario.

A Glas, sentenciado en primera instancia a seis años de prisión como autor de asociación ilícita en la trama de corrupción de Odebreht, se le acaban los plazos y los escenarios como para mantenerse en el cargo sin funciones.

Hoy la Comisión de Fiscalización sesionará a las 10:00 para avocar conocimiento del juicio político en su contra y deberá notificarlo para que, en un plazo de cinco días, ejerza su derecho a la defensa, ya sea de manera oral o escrita, de forma personal o a través de delegados. Cumplido ese plazo, la Comisión tendrá hasta cinco días adicionales para remitir un informe al Presidente de la Asamblea para que lo ponga en conocimiento del Pleno donde se decidirá si procede o no su censura y destitución.

El inicio del proceso en Fiscalización coincide con su cesación en el cargo por ausencia definitiva. Se conoce que el presidente, Lenín Moreno, ya está pensando en los nombres que conformarán su terna, la que podría ser anunciada en los próximos días y que deberá ser tratada en la Asamblea.

El secretario nacional de la Política, Miguel Carvajal, sostiene que en principio no sería necesario un pronunciamiento previo de la Corte Constitucional que declare la ausencia definitiva de Glas; sin embargo, en Carondelet siguen analizando la constitucionalidad del tema. “Nos parece que no es necesario, pero estamos en esos procesos”, comentó.

El constitucionalista Juan Francisco Guerrero señala que “cuando uno revisa la Constitución y verifica las causales de cesación del Presidente y Vicepresidente, claramente se identifica que no existe una causal que opere de una forma automática en caso de no ejercicio de funciones”. “La causal que correspondería es la del abandono del cargo, que por disposición expresa de la Constitución y de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, requiere un dictamen previo de la Corte Constitucional y el pronunciamiento de las dos terceras partes de la Asamblea”,  añade.

A Guerrero no le preocupa el tiempo, porque el plazo para que la Corte se pronuncie es muy corto. “La Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece un plazo mínimo, se puede superar en 3 o 4 días”. Él defiende la postura de que la cesación de Glas no debe operar automáticamente, “porque primero no encuentro un sustento normativo para sostener que es un tema inmediato o fáctico y, en segundo lugar, me parece que es peligroso el sostener que nadie controla ni nadie declara el abandono sino que simplemente opera de hecho”.

Guerrero también advierte que cesar a Glas automáticamente podría darle razones de duda a la legitimidad de la medida. “Me parece que hay que tener especial cuidado con estos temas a fin de no darle el motivo para que el día de mañana más bien ellos puedan cuestionar estas decisiones”, sostiene. El constitucionalista piensa que “más allá de la evidente antipatía que nos genera a todos Glas”, es muy importante que se respete la constitucionalidad en este tema.

Otra posible vía
La Contraloría ratificó la destitución administrativa de Jorge Glas por su responsabilidad en la concesión del campo Singue. El documento de la ratificación también fue remitido a la Asamblea para que actúe en el marco de sus competencias, pero de lo que se conoce es que el tema está con consulta de la Corte Constitucional.

Guerrero encuentra un “grave problema” para ejecutar esta destitución administrativa. “De acuerdo con la Ley de la Contraloría, quien tiene que ejecutar esa decisión es la autoridad nominadora, obviamente en un ministerio, es muy claro quién es la autoridad nominadora, sin embargo, en las dignidades de elección popular hay una gran duda respecto de quien es la autoridad nominadora”, sostiene.

Además, recuerda que cuando uno ve las causales de cesación del Vicepresidente en la Constitución, “no encuentra en ninguna de ellas algo relacionado a la actividad de control de la Contraloría”. El constitucionalista observa que no hay claridad normativa respecto de si es la Asamblea Nacional o quizá el Consejo Nacional Electoral el organismo que deba ejecutar esa destitución. “Finalmente, la Contraloría envió a la Asamblea Nacional la decisión, pero cuando uno revisa el oficio lo envía para los ‘fines consiguientes’, es decir, ni siquiera el contralor tiene claridad respecto a cuál es el órgano ejecutor de la decisión”. Por último, Guerrero observa que ese tipo de decisiones de la Contraloría no son ejecutables hasta que no haya concluido el proceso de impugnación administrativo y jurisdiccional. “Hasta donde yo tengo entendido, el proceso jurisdiccional de impugnación ni siquiera empieza”, dice.

Mientras, el asambleísta oficialista del ala ‘correísta’, Esteban Melo, asegura que el Contralor se ha arrogado funciones al solicitar la destitución de Glas. Tampoco encuentra causales que justifiquen un juicio político por lo que pide a la Comisión de Fiscalización que respete el debido proceso. “Lo que estamos viendo simplemente es que intentan tomarse como sea la Vicepresidencia de la República para que se lleve adelante la consulta (popular)  mañosa y darle al Presidente de la Republica todos los poderes”, aseguró Melo. (HCR/MMD)

Línea de tiempo
Auge y caída de Jorge Glas

° 2007: Rafael Correa lo nombra presidente y gerente general del Fondo de Solidaridad.

° 2008: Obtiene el título de Ingeniero en Electricidad conferido por la Escuela Superior Politécnica del Litoral, tras la presentación de su tesis. Años más tarde se hizo público que su marco teórico era idéntico al del portal Rincón del Vago.

° 2009, Agosto 14: Rafael Correa lo nombra ministro de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información.

° 2010, Abril 5: El presidente lo designa ministro Coordinador de Sectores Estratégicos.

° 2012, Noviembre 10: El presidente Correa anuncia que su binomio en las elecciones de 2013 será su ministro Jorge Glas Espinel.

° 2013, Mayo 24: Glas toma juramento como vicepresidente del Ecuador.

° 2016, Noviembre 15: Lenín Moreno ratifica que su binomio será Jorge Glas.
Diciembre: El Departamento de Justicia de Estados Unidos hizo público que Odebrecht pagó 33,5 millones en coimas a funcionarios ecuatorianos. 

° 2017, Abril 2: Moreno y Glas vencen en las elecciones presidenciales.

Junio 2: En un operativo de Fiscalía, se detuvo a seis personas, entre ellos Ricardo Rivera, el tío del vicepresidente Jorge Glas. En su casa se encontró un cheque de Odebrecht por 980.000 dólares. Empezó la instrucción fiscal por asociación ilícita.

Agosto 3: Lenín Moreno le retira las funciones a Jorge Glas.

Agosto 26: La Asamblea Nacional autorizó enjuiciamiento penal de Jorge Glas.

Agosto 30: Se vinculó a Jorge Glas a la instrucción fiscal por el presunto delito de asociación ilícita.

Septiembre 28: José Conceição Santos rinde su testimonio anticipado y dice que Glas sabía de pagos a Rivera, ya que eran “hermanos siameses”.

Octubre 2: Fiscal general Carlos Baca Mancheno solicita prisión preventiva contra Jorge Glas. El vicepresidente se entrega.

Diciembre 13: Los jueces nacionales Edgar Flores, Sylvia Sánchez y Richard Villagómez lo sentencian en primera instancia a 6 años de prisión, como autor del delito de asociación ilícita.


Diciembre 27: El CAL notifica a la Comisión de Fiscalización AN para que inicie la sustanciación del juicio político a Glas. Fuente: Diario La Hora.

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