A
pesar del estado de emergencia nacional producto del COVID -19, las mujeres
Emberá Wounnan valientemente han denunciado a la faz pública que en Darién,
lastimosamente, el crimen forestal no se detiene y se siguen derribando árboles
y moviendo tucas en mulas por las montañas de Canaan, Marragantí y Bajo
Chiquito.
Generó
suspicacia que el Decreto Ejecutivo No. 500 de 19 de marzo de 2020, por motivo
de la pandemia ordenara el cierre temporal de establecimientos comerciales y
empresas de persona natural o jurídica en todo el territorio nacional, pero exceptuando
el transporte de exportación de madera.
NOS
PREGUNTAMOS: ¿A CUÁLES EMPRESAS Y/O PERSONAS NATURALES SE QUISO BENEFICIAR CON
ESTA MEDIDA QUE PROVOCA LA TALA DESENFRENADA EN DARIÉN?
La
ilegalidad en el sector forestal, perjudica a las comunidades campesinas e
indígenas que se dedican a la actividad forestal en menor escala y agota los
recursos de los cuales dependen.
Esto
debilita las medidas para mejorar la gobernanza forestal, la capacidad
institucional para detener los delitos ecológicos y estimula la corrupción.
Las
repercusiones ambientales, sociales y económicas del saqueo a los bosques de
Darién son alarmantes.
El
Ministerio de Ambiente declaró el año pasado una moratoria a la tala por un
año; sin embargo, existen concesiones otorgadas en administraciones
anterioresque no han sido derogadas bajo la premisa de garantizar la seguridad
jurídica; no obstante, dichas concesiones, a todas luces, violan la Convención
sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora
Silvestre (CITES), el Convenio de Diversidad Biológica, el Acuerdo de París, la
Constitución Política, la Ley Forestal y otras normas jurídicas.
ADEMÁS,
PONEN EN JAQUE LOS ATRIBUTOS POR LOS CUALES EL PARQUE NACIONAL DARIÉN FUE
DECLARADO PATRIMONIO MUNDIAL DE LA HUMANIDAD POR LA UNESCO, EN 1981, Y RESERVA
DE LA BIOSFERA EN 1983, LO QUE NOS DEJA MUY MAL PARADOS FRENTE A LA COMUNIDAD
INTERNACIONAL, MÁXIME LA CRISIS MUNDIAL POR EL CAMBIO CLIMÁTICO.
Los
beneficios que ofrece el bosque son percibidos de manera directa: mediante la
extracción, transformación y comercialización de los productos forestales
maderables y no maderables; o indirecta, mediante las funciones ecológicas de
regulación hidrológica, protección de los suelos, secuestro y almacenamiento de
CO2 y del albergue y protección de sitios o paisajes de alto valor cultural,
espiritual, recreativo y otras.
Es
importante que la política forestal sea coherente con otras leyes como la
tenencia de la tierra, agricultura, ordenación de la vida silvestre, derechos
de las poblaciones indígenas, comercio, etc.
Al
elaborar un enfoque estratégico para mejorar la gobernanza forestal, debemos
conciliar las medidas encaminadas a disuadir las actividades ilegales, tales
como la aplicación de controles y sanciones más estrictos, con actividades que
promuevan el comportamiento legal, como el establecimiento de incentivos y una
reglamentación actualizada y simplificada.
Es
necesario garantizar la participación activa y eficiente de la sociedad civil
en la prevención de los actos forestales ilícitos y que las autoridades se
dispongan urgentemente a resolver las múltiples denuncias criminales
presentadas por delito ecológico de manera que haya prevención y certeza del
castigo.
Por:
Susana A. Serracín Lezcano. Abogada ambiental. Observatorio Socioambiental de
Panamá OBSOAP. Presidenta de la Alianza para la Conservación y el Desarrollo.
Fotografía:
Comunidades en resistencia.
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