VENCE PLAZO PARA PRESENTAR DEMANDAS CONTRA LAS ENMIENDAS - INFORMATE PUEBLO

NOTICIAS RECIENTES

lunes, 18 de enero de 2016

VENCE PLAZO PARA PRESENTAR DEMANDAS CONTRA LAS ENMIENDAS

El 3 de diciembre de 2015, la Asamblea aprobó las enmiendas y fueron publicadas en el Registro Oficial el 21 de ese mismo mes, por lo que el plazo para que las organizaciones interpongan una demanda ante la Corte Constitucional vence este miércoles. Hasta el momento hay cuatro demandas interpuestas por parte de la Contraloría General del Estado, el Parlamento Laboral, Unidad Popular y el Colectivo de obreros e indígenas. (Cambio-PSC). (HCR)

La posición de la Contraloría
La Contraloría General del Estado a través de su titular Carlos Pólit demanda la inconstitucionalidad por vicios de forma y procedimiento de la enmienda al Artículo 211, donde se suprimió la frase “y la consecución de los objetivos de las instituciones del Estado”; y del Artículo 212 de la Constitución de la República, donde se suprimió las palabras “y gestiones” en relación a las funciones del Organismo.

Sus argumentos son que la enmienda procede cuando no se altere la estructura fundamental de los artículos que se pretende enmendar, no se altere el carácter y elementos constitutivos del Estado, no se establezca restricciones a los derechos y garantías y no se modifique el procedimiento de reforma de la Constitución.

Parlamento Laboral interviene
° Solicita que se declare la inconstitucionalidad de la frase: "En virtud de que el Estado y la administración pública tienen la obligación de velar por el interés general, solo habrá contratación colectiva para el sector privado", que consta en Artículo 9 del paquete de enmiendas. El parlamento considera que esta frase es violatoria y contraria a los determinado y garantizado en el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificado por el Ecuador.

“El proyecto de Enmienda Constitucional al numeral 16 del Artículo 326 de la Constitución de la República, que inicialmente propusiera un grupo de Asambleísta, no contenía esta disposición discriminatoria, que viola clara e inobjetablemente otras disposiciones de nuestra Carta Fundamental y de los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo”, establece la demanda.

El reclamo de
Unidad Popular
° Demanda 8 artículos de las enmiendas algunos por la forma y otros por el fondo.
La inconstitucionalidad por la forma es al artículo sobre la contratación colectiva solo para el sector público y a la limitación a los Gobiernos locales para realizar consultas populares. Mientras que por el fondo, Unidad Popular demanda el tema de la reelección indefinida, restricción del derecho a la contratación colectiva para los trabajadores públicos, participación de Fuerzas Armadas en control del orden público, restricción del Derecho del pueblo ecuatoriano a ser consultado, la comunicación como servicio público y las limitaciones de atribuciones de la Contraloría General del Estado.

Demanda del
colectivo de
obreros e indígenas
° Su demanda es por el fondo y por la forma de 14 de las 15 enmiendas aprobadas por la Asamblea el 3 de diciembre de 2015. El Colectivo considera las denominadas "enmiendas" propiciadas por el Ejecutivo y Legislativo no son tales, sólo con una excepción, pues más bien corresponden a las definiciones de "reformas parciales", las mismas que debieron tramitarse conforme la normativa constitucional y legal, como es la consulta popular. “Todo el procedimiento adoptado por la Legislatura es nulo, de nulidad absoluta”, consta en el escrito. FUENTE: DIARIO LA HORA.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Déjenos su comentario